Hipotecas

La aclaración del Banco de España sobre las hipotecas que todos estábamos esperando

El Banco de España habla de la dación en pago y cuáles son los requisitos para pedirla

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La sede central del Banco de España en Madrid
Blanca Espada

La situación económica de muchos hogares españoles se ha visto afectada por la subida del euríbor, el índice de referencia que se utiliza para calcular el interés de la mayoría de las hipotecas. Según datos de noviembre de 2023 el euríbor ha superado el 4% , lo que supone un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto al año anterior. Esto significa que las cuotas mensuales de las hipotecas se han encarecido notablemente, lo que dificulta el pago de las mismas a muchas familias. Ante esta situación, el Banco de España ofrece una aclaración sobre las hipotecas que a muchos interesará.

La aclaración del Banco de España sobre las hipotecas

El Banco de España ha publicado una serie de recomendaciones y medidas para ayudar a los deudores hipotecarios que se encuentran en riesgo de exclusión social o que no pueden hacer frente a sus obligaciones financieras. Entre las medidas que ya se aplican, está el Código de Buenas Prácticas, que es un conjunto de normas voluntarias que aplican las entidades financieras adheridas al mismo y que tienen como objetivo facilitar la reestructuración de la deuda hipotecaria de los clientes más vulnerables.

Pero si quienes deben hacer frente a la hipoteca no ven solución a la subida que se les ha aplicado, ni tan siquiera con las opciones que ofrece el Código de Buenas Prácticas existe una que tal vez pocos conocen y que el Banco de España recomienda saber bien. Se trata de la dación en pago.

La dación en pago consiste en entregar la vivienda al banco para saldar la deuda hipotecaria, quedando el deudor liberado de cualquier responsabilidad posterior. Sin embargo, esta opción no está disponible para todos los casos, sino que se deben cumplir una serie de requisitos que el Banco de España aclara en su página web. Estos requisitos son los siguientes:

Requisitos para solicitar la dación en pago

  • Que el deudor se encuentre en el umbral de exclusión, es decir, que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas derivadas del trabajo o de actividades económicas y que la cuota hipotecaria sea superior al 50% de los ingresos netos de la unidad familiar.
  • Que el deudor haya agotado previamente las posibilidades de reestructuración de la deuda y de quita, que son otras medidas que contempla el Código de Buenas Prácticas y que consisten en modificar las condiciones del préstamo o reducir el importe del mismo.
  • Que el valor de tasación de la vivienda no supere los 250.000 euros.
  • Que el banco no haya decidido reducir el importe de la deuda.
  • Que el banco haya empezado a reclamar la deuda judicialmente, pero no se haya fijado la fecha de la subasta.
  • Que la vivienda no tenga otras deudas o embargos posteriores.
    Que la solicitud se haya hecho dentro de los dos años siguientes a la solicitud de cambio de las condiciones de la deuda o, si es más tarde, para aquellos deudores que tengan aprobado y en marcha un plan de cambio de las condiciones de la deuda y vean que no pueden pagar.

Si se cumplen estos requisitos, el deudor puede solicitar la dación en pago al banco, que tendrá un plazo de un mes para aceptarla o rechazarla. Si la acepta, el banco deberá emitir un certificado de deuda cero y cancelar la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Si la rechaza, el deudor podrá acudir al Juzgado para solicitar la ejecución hipotecaria y la dación en pago como forma de pago.

La dación en pago es una medida que puede aliviar la situación de muchos deudores hipotecarios que se encuentran en una situación de extrema dificultad, pero que también implica renunciar a la propiedad de la vivienda y asumir las consecuencias fiscales que ello conlleva. Por eso, el Banco de España recomienda que antes de optar por esta opción, se analice bien la situación personal y se busque asesoramiento profesional. Además, el Banco de España recuerda que existen otras alternativas para afrontar el pago de la hipoteca, como la negociación con el banco, la solicitud de moratorias o ayudas públicas, o la venta de la vivienda.

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